A ellos se les suman una decena de municipios y comunas con centros emisores de licencias no habilitados.
Las licencias de conducir emitidas por 12 municipios y comunas de Córdoba no se consideran válidas para conducir en rutas provinciales y en otras jurisdicciones y usarlas en esos territorios son una falta grave, según informó La Voz y tipificó la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito del Gobierno de Córdoba, que elevó la sanción por conducir sin licencia, que no esté habilitada o que no sea válida, con pérdida de cuatro puntos y una mayor sanción monetaria.
En total son 126 los municipios y las comunas no adheridos, pero sólo 12 de ellos tienen centros emisores de licencias no habilitados.
Carnés de conducir: cuáles son los 12 municipios con licencias no habilitadas
Desde hace 14 meses no son válidas para circular en Córdoba estas licencias, a partir de la aprobación de una ley provincial que se derivó del escándalo que siguió al grave siniestro vial protagonizado por el exlegislador Oscar González, quien conducía con un carné emitido por el municipio de Las Tapias, cuando figuraba con domicilio en otro lugar y no estaba en condiciones de tener una licencia por la cantidad de infracciones que acumulaba.
Estos son los municipios y las comunas que emiten licencias no válidas por no estar adheridas al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (Repat) ni al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (Renat):
- Malagueño
- Toledo
- Rafael García
- Falda del Carmen
- La Serranita
- Villa del Prado
- Potrero de Garay
- Valle de Anisacate
- Villa Parque Santa Ana
- La Paisanita
- La Rancherita
- Villas Ciudad América
En concreto, la Policía Caminera debe verificar en estos casos que las licencias emitidas por estos municipios sean posteriores al 20 de julio de 2023, cuando entró en vigencia la ley. Si coincide el domicilio del DNI y el carné es posterior a esa fecha, al conductor le corresponde multa.
Si, en cambio, el domicilio no coincide con el del DNI la sanción es más grave: multa y retención de licencia.
En este caso, además, la Provincia denuncia penalmente al intendente o jefe comunal. El intendente que emita una licencia a un ciudadano con otro domicilio y no tenga un centro emisor habilitado es corresponsable en las sanciones junto con el conductor. El año pasado la Provincia denunció al municipio de Ballesteros Sud por esto: había entregado una licencia un infractor contumaz, con múltiples sanciones e inhabilitaciones, conocido como “el loco del Camaro”.
La semana pasada se denunció a otro municipio: Toledo. Fue por un caso de un camionero detenido en provincia de Buenos Aires, con domicilio en el Conurbano, que conducía con 2,7 miligramos de alcohol en sangre y tenía una licencia emitida por Toledo, uno de los municipio con centros de emisión de licencia no habilitados.
¿Dónde saco el carné si vivo en municipio no habilitado?
En la ley aprobada en julio de 2023, en su artículo 13 se define que “las licencias otorgadas por municipalidades y comunas que utilicen para tal fin el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y registren las licencias en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito, habilitará a conducir en toda la Provincia de Córdoba, y en todas las calles y caminos de la República de acuerdo a los convenios que suscriba la Provincia de Córdoba con los demás Estados Provinciales y/o con la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.
Se establece, además, que “la Licencia de Conducir debe tramitarse en la Municipalidad o Comuna donde el solicitante posea domicilio, con la única condición de que las mismas apliquen el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y se las registre en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito. El solicitante que posea domicilio en una jurisdicción que no se ajuste a la condición establecida en el párrafo anterior, tendrá la opción de obtener la Licencia de Conducir en una jurisdicción distinta a la de su domicilio que sí la aplique”.
En este párrafo se responde a la pregunta que surge entre quienes tienen licencias de conducir emitidas por los 12 municipios no habilitados. Tienen que sacar un carné en cualquier otro municipio que cuente con un centro emisor habilitado.
Es la única excepción a la indicación general de que sólo se entreguen licencias a vecinos con domicilio en las ciudades que emiten licencias.
Por qué se agravaron las multas
Miguel Ángel Rizzotti, director de Prevención, sostuvo que la modificatoria de la ley 10.859 establece un cambio sustancial respecto del agravante explicitado en el artículo 115, punto 4 último párrafo de la Ley de Tránsito 8.560, donde se establece que “es falta grave conducir sin haber obtenido la licencia correspondiente, o que la misma no habilite o no sea válida para circular en la jurisdicción donde se efectúe el control”.