¿Qué se necesita para viajar a Brasil en auto? Así como en Córdoba y Buenos Aires la Policía exige una serie de requisitos, los argentinos que deseen pasar sus vacaciones de verano, viaje de negocios o cualquier tipo de estadía que vayan a realizar en el país vecino, también deben tener en cuenta algunas exigencias.
En caso de viajar a Brasil en auto, se exigen una serie de elementos, principalmente documentación. El Consulado de Brasil en Buenos Aires emitió un comunicado en el que informa los requisitos para viajar a Brasil en vehículo, y especifica la diferencia entre hacerlo en auto propio, uno prestado y alquilado.
El turista que desee ingresar a Brasil con vehículo, deberá portar los siguientes documentos (conforme definido por la Resolución GMC nº 35/02):
Si viaja en vehículo de propiedad de tercero, el conductor deberá portar:
Si viaja en vehículo alquilado, el conductor deberá portar:
Para facilitar el trámite de ingreso a Brasil, el conductor puede asimismo llenar, imprimir y llevar consigo la “Tarjeta de Entradas y Salidas”.
Sobre legislación de tránsito de Brasil, consulte el “Código de Trânsito Brasileiro”, disponible en la siguiente dirección: www.denatran.gov.br/ctb.htm
Vidrios polarizados. De acuerdo al artículo 2º de la Resolución 73 del CONTRAN brasileño, del 19.11.98: (…) ‘’la aplicación de película no reflectiva en las áreas de vidrios de los vehículos automotores será permitida si se respetan las siguientes condiciones:
I – la transmisión luminosa del conjunto vidrio-película no podrá ser inferior a 75% en el parabrisas y de 70% para los demás;
II – quedan excluidos de los límites establecidos en el inciso anterior los vidrios que no intervienen en las áreas de visión
indispensables para la conducción del vehículo, desde que permitan como mínimo el 50% de visibilidad luminosa;
III – el vehículo deberá poseer espejos retrovisores externos derecho e izquierdo” (…)
“Si usted entra en Brasil como residente permanente (visa VIPER) o temporario (visa VITEM), NO podrá llevar su auto”, explicó el Consulado de Brasil en Buenos Aires.
LANCHAS Y TRAILERS. ¿Cuáles son los requisitos para ingresar a Brasil con mi vehículo transportando lanchas y trailers, en condición de turista?
Para lanchas:
Para trailers:
LÍMITES DE VELOCIDAD. El código de tránsito brasileño determina que la velocidad máxima permitida es la indicada por medio de señalización vial. En las vías que no exista señalización reglamentaria, la velocidad máxima permitida es de:
a. En las vías urbanas:
80 km. por hora, en las vías de tránsito rápido;
60 km. por hora, en las vías arteriales;
40 km. por hora, en las vías colectoras;
30 km. por hora, en las vías locales
b. En Rutas
110 km. por hora, para automóviles, camionetas y motocicletas;
90 km. por hora, para ómnibus y micro-ómnibus.
80 km. por hora, para los demás vehículos.
c. En Calles
60 km. por hora.
USO DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD. El uso de cinturón de seguridad es obligatorio para todos los ocupantes del vehículo en todas la vías del territorio brasileño; inclusive para quienes viajan en el asiento trasero.
LOS MENORES, EN LOS ASIENTOS TRASEROS. Los menores, con edad inferior a los 10 años, deben viajar en los asientos traseros del vehículo, con sus respectivos dispositivos de transporte. Mas información acá.
PROHIBICIÓN DE CONDUCIR CON OJOTAS O CHINELAS
El código de tránsito brasileño penaliza, mediante multas al conductor del vehículo, ya sea propio o alquilado, que utilice un
calzado que pueda desprenderse con facilidad de los pies (por ejemplo ojotas, chinelas, etc.) por no encontrarse sujetado al
tobillo.
Se permite conducir descalzo.
INFRACCIONES DE TRÁNSITO
Con el objetivo de reducir los índices de accidentes de tránsito, defendiendo la vida y la integridad de las personas, se procura la
reducción de infracciones de conductores mediante acciones educativas y la ampliación de la fiscalización del cumplimiento de
las normas de tránsito.
Rio Grande do Sul posee un sistema informatizado de datos recibe las patentes de los vehículos de otros países, brindando
informaciones a los agentes de fiscalización. Esto significa que el vehículo extranjero que tenga infracciones de tránsito
registradas, sólo podrá retornar a su país cuando su responsable abone las correspondientes multas de hasta cinco años
anteriores.
Para verificar la existencia de multas pendientes, el propietario del vehículo puede consultar el sitio web www.detran.rs.gov.br, en
el link Informaciones para Extranjeros, que también permite la impresión de la notificación y documento de pago “GAD-M” e
informa la lista de lugares donde puede ser abonada, ligados a la red del Banco Banrisul.
INFORMACIÓN DE RUTAS Y PEAJES. LINKS ÚTILES
Fuenre: http://transitoargentina.com.ar/