En la Cámara del Crimen se desarrolló una audiencia en la que Hugo Aguilar, de aproximadamente 35 años, fue el hombre que estuvo sentado en el banquillo de los acusados. Está imputado por abuso sexual con acceso carnal. Declaró y está siendo defendido por Silvina Muñoz, la asesora letrada. Hoy habrá alegatos y se dictará sentencia, anticipa el matutino Puntal Villa María.
Los hechos ocurrieron en nuestra ciudad de Oliva el año pasado. Durante el debate estuvieron presentes el fiscal Francisco Márquez, el juez Félix Martínez y Guillermo Romero se constituyó como querellante particular y asiste a la madre de la víctima.
Como se trata de un delito de instancia privada, el juicio oral se realiza a puertas cerradas, por lo que el público y los medios de prensa no pueden presenciar el debate.
No obstante, pudo saberse que a poco de comenzada la audiencia y tras la lectura de la pieza acusatoria, Aguilar declaró negando el hecho y posteriormente testimoniaron la víctima y su madre.
Condena anterior por violencia de género en Oliva
Hugo Aguilar no es un convicto primario. El 15 de marzo de 2016, la excamarista Silvia Saslavsky de Camandone (ya jubilada) le impuso una condena de dos años y nueve meses de prisión efectiva por hechos de violencia de género y violencia familiar perpetrados en Oliva entre mayo de 2013 y diciembre de 2014.
Al cabo de un juicio oral y público de trámite abreviado, durante el cual el irascible sujeto admitió haber cometido los ilícitos que se le atribuían, fue declarado autor responsable de “lesiones leves calificadas por el vínculo, reiteradas” (cinco hechos), “desobediencia a la autoridad” y “violación de domicilio” anticipaba la crónica de El Diario del Centro del País: El Diario de Villa María.
Cuatro de los cinco casos de lesiones tuvieron como víctima a la expareja de Aguilar, Giuliana Micaela Godoy, y el restante fue perpetrado en perjuicio de un hijo menor de edad, a quien le aplicó una cachetada tan violenta que le provocó escoriaciones en el rostro que demandaron siete días de curación.
En una oportunidad, el agresor tomó del cuello a Godoy y le aplicó dos puñetazos en el rostro. En otro de los violentos arrebatos, le volvió a pegar trompadas, cachetazos y hasta la golpeó con un teléfono celular, a tal punto que le produjo un corte en el labio.
El último episodio, que motivó su detención, ocurrió el 18 de diciembre de 2014, cuando lesionó en la cabeza a su exconcubina con una barreta de hierro que llevaba en su vehículo (le ocasionó cortes en la boca y en el cuero cabelludo).
Aguilar estuvo preso hasta pocos días después de aquel primer juicio, ya que se le otorgó la “libertad condicional” luego de pasar largos 15 meses entre rejas.
Qué dice la ley
El artículo 119 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido con prisión (…) el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo, cuando (…) mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.
En tanto, el tercer párrafo de dicha norma legal precisa que “la pena será de seis a 15 años de prisión cuando, mediando las circunstancias del primer párrafo, hubiere acceso carnal por cualquier vía”.